Cuba anuncia que aprobará el cambio de sexo voluntario, pero exigirá un dictamen médico
LGBTIQ+
Las operaciones de reasignación genital están suspendidas “por problemas económicos”
Madrid/El Consejo de Ministros aprobó este lunes cuatro anteproyectos de ley que llevará a la Asamblea Nacional en su cita de este julio. Aunque todos ellos han estado a disposición pública desde hace algunos meses, nadie había reparado en que el del Registro Civil incluye un aspecto que previsiblemente generará controversia entre la población: la posibilidad de cambio del sexo registrado en el momento del nacimiento a voluntad de la persona interesada.
La información comenzó a circular desde que el pasado sábado, durante la conga que se desarrolló en La Habana como parte de las actividades programadas por los derechos de la comunidad LGBTIQ+ en Cuba, que la Isla celebra en mayo –por ser el aniversario de la exclusión de la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales de la Organización Mundial de la Salud en 1990– frente a la tradicional conmemoración en junio de la mayoría de países occidentales por los sucesos de Stonewall.
Mariela Castro, directora del Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex) e hija de Raúl, encabezó la actividad, pero antes de que comenzara ofreció unas declaraciones en la que valoró el impacto positivo para el colectivo homosexual del Código de las Familias, aprobado en 2022, pero insuficiente a su criterio para los transgénero. Así, adelantó que la nueva Ley de Registro Civil “por primera vez permitirá a los ciudadanos decidir según su autopercepción el sexo en su identificación, sin que medie una orden judicial y una operación de reasignación de género dado el caso”.
“Por primera vez permitirá a los ciudadanos decidir según su autopercepción el sexo en su identificación, sin que medie una orden judicial y una operación de reasignación de género dado el caso”
Castro argumentó que la normativa actual permite cambiar el nombre en el registro, pero no el sexo, salvo que se produzca una intervención para la reasignación genital. Estas operaciones, dijo, están paralizadas en Cuba actualmente “por problemas económicos”. “Falta la actualización de algunas leyes en las que ya se está trabajando, como la de Registro Civil, para lograr que lo que se estableció en la Constitución sea debidamente reflejado”, afirmó.
Estas declaraciones han llevado a la prensa, incluyendo agencias internacionales como Associated Press, a destacar el concepto “autopercepción” que tanta controversia ha generado en los países en que se ha aprobado, la mayoría en la Unión Europea. Pero el anteproyecto no dice precisamente eso. Según el texto, disponible desde el pasado enero en la página web del Ministerio de Justicia, sería posible el cambio voluntario sin que sea necesaria la cirugía pero no bastará con la mera voluntad del interesado, sino que deberá presentarse un informe médico.
“En ningún caso esta solicitud está condicionada, a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona, ni a procedimiento quirúrgico de reasignación de sexo. No obstante, deberá aportarse el diagnóstico realizado por los especialistas correspondientes sobre disforia de género, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de esta Ley”, precisa el apartado 3 del artículo 161.
El anteproyecto podría ser modificado antes de su aprobación o durante los debates parlamentarios, pero según la única versión disponible la intervención de un profesional médico será indispensable. Este requisito ha generado controversia en la mayoría de países en que se ha aprobado una norma de cambio de sexo.
Los que abogaron por permitir la autodeterminación –España, Alemania, Dinamarca, Bélgica, Islandia, Irlanda, Malta, Luxemburgo, Noruega y Portugal– sostienen que va en la línea del Principio de Yogyakarta. Esta declaración indica, en su punto 18, que “ninguna persona será obligada a someterse a ninguna forma de tratamiento, procedimiento o exámenes médicos o psicológicos, ni a permanecer confinada en un centro médico, con motivo de su orientación sexual o identidad de género”. Además, el principio 3 señala que “la orientación sexual o identidad de género que cada persona defina para sí, es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de la autodeterminación, la dignidad y la libertad”.
Antes de enfrentarse a la concreción de la norma, las autoridades cubanas tendrán que garantizar que la idea no se extravía, como ocurrió precisamente con la del matrimonio entre personas del mismo sexo
Los que solicitan un informe médico afirman que el procedimiento es más garantista y que disminuye el riesgo de no persistencia en el deseo de transexualidad y los riesgos psicológicos y orgánicos derivados de un proceso acelerado de la transición de género. Es lo que ocurre en la mayoría de los restantes países de la UE, donde solo Hungría lo prohíbe por completo. Entre los grandes detractores del cambio de sexo por cualquier circunstancia está Rusia, socio preferente de Cuba y acérrimo enemigo de cualquier derecho LGBTI+. Precisamente hace pocas semanas fue noticia la demanda de la Unión de Abanderados Ortodoxos, un grupo conservador ruso que pidió al gobierno regional de Rostov que prohíba viajar a Cuba a menores por la legalización del matrimonio igualitario en la Isla.
Antes de enfrentarse a la concreción de la norma, las autoridades cubanas tendrán que garantizar que la idea no se extravía, como ocurrió precisamente con la del matrimonio entre personas del mismo sexo. Su aprobación estaba prevista para la Constitución de 2019, pero la arremetida de las iglesias cubanas y la resistencia de una población aún muy conservadora llevaron al régimen a dar marcha atrás ante el riesgo de que la votación de Carta Magna acumulara más abstenciones de las admisibles. Solo en 2022, con su introducción en el Código de las Familias, pudo salir adelante, no exenta, tampoco, de polémica.